PERSONAL LABORAL FIJO
EDUCADORES INFANTILES
NACIONALIDAD:
Tener la nacionalidad española o nacionalidad de alguno de los
demás estados miembros de la Unión Europea, o nacional de algún estado al que en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad el cónyuge de las personas de nacionalidad española o de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea, cuando así lo prevea el correspondiente tratado, y las nacionalidades e algún Estado al que, en virtud de los tratados internacionales realizaos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea de aplicación la libre circulación de trabajadoras/es, siempre que no estén separados de derecho, así como los descendientes de los dos cónyuges, de menos de veintiún años o mayores de esta edad que vivan a sus expensas.
Asimismo, podrán participar las personas que, sin estar incluidas en los párrafos anteriores, se encuentren en España en situación de legalidad, por ser titulares de un documento que les habilite para residir y para poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia podrán participar quien se encuentre en situación de residencia temporal, en situación de residencia permanente, o en situación para residir y trabajar, así como las personas refugiadas.
EDAD:
Tener la capacidad para contratar la prestación de su trabajo de acuerdo con lo
previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores (16 años).
TITULACIÓN: Técnico superior en Educación infantil o Técnico especialista en Jardín de Infancia o Diplomatura en Magisterio especialidad Educación Infantil.
CAPACIDAD:
No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica
que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
HABILITACIÓN:
No estar separado del servicio de ninguna administración pública en
virtud de expediente disciplinario ni encontrarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes que no tuvieron la nacionalidad española deberán acreditar, igualmente que no están sometidos a la sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado, el acceso a la función pública.
LENGUA GALLEGA:
acreditarán el conocimiento de la lengua gallega lo que se realizará
mediante la presentación del certificado de perfeccionamiento en lengua gallega (o CELGA 4), en el supuesto de no acreditarse deberán realizar una prueba escrita.
Se reservará el 7% de las plazas convocadas para las personas que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%.
FUNCIONES:
- Colaborar con la dirección en la elaboración y actualización del proyecto educativo y de las propuestas pedagógicas del centro.
- Fijar los criterios para el seguimiento y evaluación de estos documentos.
- Realizar las funciones educativas contempladas en la legislación vigente para el ciclo educativo en lo referente al desenvolvimiento de los niños y las niñas, preparación y diseños de propuestas pedagógicas, coordinación con las familias, higiene, alimentación y sueño de los niños, organización de los espacios y materiales pedagógicos.
- Establecer criterios generales a los que deben adaptarse las intervenciones educativas de cada uno de los grupos de edad.
- Participar en las actividades de formación permanente y en su evaluación.
- Prestar especial atención al período de adaptación.
- Evaluar el funcionamiento y organización de la escuela y proponer iniciativas para la mejora de su funcionamiento ante la dirección de la misma.
EXÁMENES:
1º EJERCICIO:
Aquellas personas que no pudieron acreditar el conocimiento de la
lengua gallega mediante la certificación del nivel de perfeccionamiento deberán realizar una prueba escrita consistente en la redacción de un texto en gallego, sobre un tema que previamente designe la Comisión. Esta proba tendrá una duración máxima de 30 minutos.
2º EJERCICIO:
de carácter eliminatorio: consistirá en contestar por escrito un
cuestionario de cuarenta (40) preguntas tipo test, con tres (3) respuestas alternativas de las que solo una de ellas será la correcta. O tempo máximo de duración será de 45 minutos
Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 10 puntos. Para eso, se tendrá en cuenta que por cada dos respuestas incorrectas se descontará una correcta.
3º EJERCICIO:
de carácter eliminatorio, que consistirá en un SUPUESTO PRÁCTICO
(carácter eliminatorio) elegido por el aspirante de entre dos propuestos por la Comisión de valoración y relacionado con el temario de la parte específica anexo a la presente Convocatoria y con las funciones propias del puesto convocado. O tempo máximo de duración será de sesenta minutos.
A Comisión de valoración podrá acordar, si así lo estima pertinente, a la exposición oral del supuesto práctico por el candidato, quedando facultado para hacer cualquier pregunta que considere pertinente, relativa al objeto del ejercicio durante un tempo máximo de 20 minutos. Las respuestas a las preguntas formuladas por la Comisión se
harán en gallego.
En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos y la solución de problemas. La Comisión de valoración dispondrá de copias fotostáticas de los ejercicios para cotejar la lectura efectuada por el aspirante.
TEMARIO. Educadoras/es infantiles
PARTE COMÚN
1. A Constitución Española: Principios fundamentais, dereitos e deberes fundamentais
dos españois.
2. Estatuto de Autonomía de Galicia. Estrutura e contido. O Parlamento. A Xunta e o
seu Presidente. A Administración Pública galega. A Vicepresidencia da Igualdade e do
Benestar.
3. O Consorcio Galego de Servizos de Igualdade e Benestar. Os seus Estatutos.
4. Procedimiento administrativo.
5. Legislación y específico de Educadores infantiles.
* Cada Administración u organismo convocante podrá modificar los requisitos, las pruebas o el temario cuando lo considere pertinente. Por ello, la información que aquí se da, debe
servir como orientación general